Artículo 3. Ambito de aplicación de la Ley y carácter imperativo de sus normas.
1. En defecto de ley que les sea expresamente aplicable, las distintas modalidades del contrato de agencia, cualquiera que sea su denominación, se regirán por lo dispuesto en la presente Ley, cuyos preceptos tienen carácter imperativo a no ser que en ellos se disponga expresamente otra cosa.
2. La presente Ley no será de aplicación a los agentes que actúen en mercados secundarios oficiales o reglamentados de valores.
Texto oficial de Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia (BOE-A-1992-12347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Ambito de aplicación de la Ley y carácter imperativo de sus normas. — Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia · BOE Fácil