La regulación contenida en el presente Real Decreto es de aplicación a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, así como a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, en las cuestiones que afecten a los bienes, derechos, acciones y demás recursos que integran el patrimonio único de la Seguridad Social.
Texto oficial de Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social (BOE-A-1992-24743). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ambito de aplicación. — Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social · BOE Fácil