ANEXO. Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España · Exposición de motivos
Artículo 6.
A todos los efectos legales, se consideran funciones de culto o asistencia religiosa las dirigidas directamente al ejercicio del culto, administración de Sacramentos, cura de almas, predicación del Evangelio y magisterio religioso.
Texto oficial de Acuerdo de Cooperación con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas (BOE-A-1992-24853). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. — Acuerdo de Cooperación con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas · BOE Fácil