A efectos de ascensos, hasta el 30 de junio de 1992, inclusive, se respetarán los actos que se hayan realizado en materia de evaluaciones por aplicación de las normas anteriormente vigentes.
A partir del 1 de julio de 1992 los ascensos se llevarán a cabo una vez efectuadas las evaluaciones que dispone el Reglamento General de Evaluaciones, Clasificaciones y Ascensos, aprobado por Real Decreto 1622/1990, de 14 de diciembre.
Texto oficial de Real Decreto 1928/1991, de 20 de diciembre, por el que se adapta a las Escalas declaradas a extinguir el régimen del personal militar establecido en la Ley 17/1989, de 19 de julio (BOE-A-1992-260). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. Evaluaciones. — Real Decreto 1928/1991, de 20 de diciembre, por el que se adapta a las Escalas declaradas a extinguir el régimen del personal militar establecido en la Ley 17/1989, de 19 de julio · BOE Fácil