Título I. De la organización portuaria del Estado · Capítulo II. Del Ente público Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias · Sección 2.ª De las Autoridades Portuarias
Artículo 46. Fondo de contribución.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre. [Ref. BOE-A-2003-21615](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-21615)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.18 de la Ley 62/1997, de 26 de diciembre. [Ref. BOE-A-1997-27988](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-27988)</small>
Texto oficial de Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE-A-1992-26146). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 46. Fondo de contribución. — Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante · BOE Fácil