Título II. De la gestión del dominio público portuario · Capítulo I. Utilización del dominio público portuario y prestación de servicios portuarios · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 54. Utilización del dominio público portuario estatal.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre. [Ref. BOE-A-2003-21615](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-21615)</small>
> <small>Se añade el apartado 6 por el art. único.22 de la Ley 62/1997, de 26 de diciembre. [Ref. BOE-A-1997-27988](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-27988)</small>
Texto oficial de Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE-A-1992-26146). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 54. Utilización del dominio público portuario estatal. — Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante · BOE Fácil