CAPÍTULO VI. Registro y plazo de duración de la concesión
Disposición adicional primera. Régimen de la publicidad electoral.
El régimen de las emisoras municipales de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en lo que se refiere a la publicidad electoral, es el determinado en la Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril. Su régimen jurídico básico, en cuanto a su organización y control, es el establecido en la Ley 11/1991, de 8 de abril.
Texto oficial de Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia por las Corporaciones locales (BOE-A-1992-26536). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.