A los efectos de la presente disposición se entenderá por:
a) «Control veterinario»: Cualquier control físico y cualquier formalidad administrativa que se refiera a los animales o a los productos contemplados en el artículo 1 y que estén destinados directa o indirectamente a garantizar la protección de la salud pública o animal.
b) **(Suprimida)**
c) «Intercambios»: Los intercambios entre Estados miembros, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 9 del Tratado.
d) «Explotación»: La explotación agraria o el establo de un tratante, con arreglo a la normativa nacional vigente, en el que se encuentren o se críen de forma habitual los animales contemplados en los anexos A y B, con excepción de los équidos, así como la explotación tal y como se define en la normativa comunitaria relativa a las condiciones de policía sanitaria, que regula los movimientos de équidos y las importaciones de équidos y las importaciones de équidos procedentes de países terceros.
e) «Centro u organismo»: Toda empresa que lleve a cabo la producción, el almacenamiento, el tratamiento o la manipulación de los productos contemplados en el artículo 1.
f) «Autoridad competente»: Los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, en su respectivo ámbito de competencias, para los intercambios con países terceros y los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas para los intercambios intracomunitarios.
g) «Veterinario oficial»: El designado por la autoridad competente.
> <small>Se suprime la letra b) por la disposición final 2.3 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero. [Ref. BOE-A-2019-2859#df-2](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-2859)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1316/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (BOE-A-1992-26538). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.