TÍTULO IX. Regímenes especiales · CAPÍTULO XI. Regímenes especiales aplicables a las ventas a distancia y a determinadas entregas interiores de bienes y prestaciones de servicios. · Sección 4.ª Régimen de importación. Régimen especial aplicable a las ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros.
Artículo 163. sexvicies. Devengo.
En las entregas de bienes acogidas a este régimen especial el devengo del impuesto se producirá en el momento de la entrega, que se entenderá producida con la aceptación del pago del cliente.
> Téngase en cuenta que este art. 163 sexvicies, añadido por el art. 10.22 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. [Ref. BOE-A-2021-6872#ad](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-6872), entra en vigor el 1 de julio de 2021, según determina su disposición final octava.
> <small>Se añade, con efectos de 1 de julio de 2021, por el art. 10.22 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. [Ref. BOE-A-2021-6872#ad](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-6872)</small>
Texto oficial de Ley del IVA (BOE-A-1992-28740). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.