TÍTULO II. Exenciones · CAPÍTULO III. Importaciones de bienes
Artículo 67. Normas generales aplicables a las exenciones previstas en el presente capítulo.
El importador deberá aportar las pruebas suficientes para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos precedentes.
> <small>Se deroga el apartado 2, renumerando el 1 como párrafo único, por la disposición derogatoria única.3 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-24965](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-24965).</small>
Texto oficial de Ley del IVA (BOE-A-1992-28740). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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