DISPONGO: · Sección 1.ª Órganos dependientes del Ministerio del Interior, Delegaciones del Gobierno y Subdelegaciones del Gobierno.
Artículo 4. Situación de los fondos.
1. Las cantidades presupuestadas quedarán a disposición de la respectiva autoridad, en un concepto no presupuestario creado al efecto en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en todas las Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda.
2. La situación de los fondos se efectuará mediante la expedición de propuestas de gasto y pago en firme y en formalización por los servicios centrales del Ministerio del Interior, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente y con descuento aplicado al concepto no presupuestario citado en el apartado anterior.
Texto oficial de Real Decreto 562/1993, de 16 de abril, por el que se desarrolla el artículo 18 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, sobre procedimiento especial de gestión de gastos electorales (BOE-A-1993-10089). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.