CAPITULO IV. Régimen económico, patrimonial y de personal · Sección 2. Régimen patrimonial
Artículo 36. Adquisiciones y contratación.
1. La Agencia de Protección de Datos se regirá, en lo referente a las adquisiciones y enajenaciones de bienes, por las disposiciones del derecho privado.
2. Los bienes que adquiera la Agencia se integrarán en su patrimonio.
3. Los contratos que celebre la Agencia se regirán por las disposiciones del derecho privado, sin perjuicio de que la adjudicación de los contratos sea acordada previa publicidad y promoción de concurrencia.
Texto oficial de Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos (BOE-A-1993-11252). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 36. Adquisiciones y contratación. — Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos · BOE Fácil