ANEXO. Normas sobre organización y funciones de los Centros docentes de la Enseñanza Militar de Formación · CAPÍTULO II. Organos de gobierno y administración de los Centros docentes militares de formación
Artículo 16. Organos de administración, servicios y apoyo.
1. A los órganos de administración, servicios y apoyo, agrupados en una o más jefaturas, les corresponde la gestión, coordinación y control de los recursos y del apoyo logístico necesarios para el cumplimiento de las funciones del Centro.
2. La jefatura o jefaturas a que se refiere el apartado anterior estarán a cargo de oficiales superiores u oficiales, de igual o inferior empleo que el Subdirector o Subdirectores.
3. Quienes ostenten dicha jefatura o jefaturas no ocuparán vacante de Profesor. No obstante, podrán ejercer funciones docentes, previa autorización del Director general de Enseñanza, a propuesta de los Directores de Enseñanza respectivos.
> <small>Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 194, de 14 de agosto de 1993. [Ref. BOE-A-1993-21254](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1993-21254)</small>
Texto oficial de Orden 80/1993, de 29 de julio, sobre organización y funciones de los Centros docentes de la Enseñanza Militar de Formación (BOE-A-1993-20714). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.