CAPÍTULO III. De los Fondos de Inversión Inmobiliaria
Artículo 15. Legislación aplicable.
Los Fondos de Inversión Inmobiliaria se regirán, en primer lugar, por lo establecido en la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, para las Instituciones de Inversión Colectiva de carácter no financiero, y en su Reglamento para las Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliarias; en segundo lugar, por la presente Orden y normas de desarrollo, y supletoriamente, por lo previsto en la citada Ley, en su Reglamento y en las normas de desarrollo para los Fondos de Inversión de carácter financiero.
Texto oficial de Orden de 24 de septiembre de 1993 sobre fondos y Sociedades de inversión inmobiliaria (BOE-A-1993-24301). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Legislación aplicable. — Orden de 24 de septiembre de 1993 sobre fondos y Sociedades de inversión inmobiliaria · BOE Fácil