Artículo 97. Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado para 1993.
De conformidad con la previsión recogida en el número cuatro del artículo 90 de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, se habilita un crédito en la sección 32, programa 911.8, servicio 18 –Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales. Varias– «Liquidación definitiva de la PIE de 1993», de 142.357.000 miles de pesetas, resultante del importe estimado de dicha liquidación efectuado según las reglas de evolución de la financiación establecidas en el Método para la aplicación del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas en el quinquenio 1992-1996.
Texto oficial de Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994 (BOE-A-1993-31087). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 97. Liquidación definitiva de la participación de las Comunidades Autónomas en los ingresos del Estado para 1993. — Ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994 · BOE Fácil