TÍTULO III. Del Comité Español de Disciplina Deportiva
Disposición adicional primera. Ámbito de aplicación.
Lo previsto en el presente Real Decreto resultará de aplicación a las competiciones oficiales escolares y universitarias de ámbito nacional.
Las resoluciones disciplinarias que agoten las instancias previstas para dichas competiciones podrán ser recurridas en el plazo de quince días ante el Comité Español de Disciplina Deportiva.
Texto oficial de Reglamento de Disciplina Deportiva (BOE-A-1993-4678). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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