Los cooperativas de crédito que, a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento se hallen incursas en planes de saneamiento aprobados por la autoridad competente, mientras se encuentren en esta situación podrán regirse por las normas contenidas en tales planes, aun cuando no tengan íntegramente cubiertas sus obligaciones de recursos propios mínimos.
Texto oficial de Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito (BOE-A-1993-4684). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria quinta. — Real Decreto 84/1993, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito · BOE Fácil