Artículo 8. Autorización de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.
Los importes recogidos en el anexo VII, Compromisos de gastos que se extienden a ejercicios futuros, de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993, en lo que se refiere a la Sección 17 «Ministerio de Obras Públicas y Transportes», quedan establecidos en los términos que se recogen en el anexo II del presente Real Decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo (BOE-A-1993-5716). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Autorización de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. — Real Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero, de medidas urgentes sobre materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo · BOE Fácil