TÍTULO III. De la organización y funcionamiento del Senado · CAPÍTULO IV. De las Comisiones · Sección quinta. Reunión y funcionamiento de las Comisiones
Artículo 63.
Los Senadores podrán asistir a las sesiones de cualquier Comisión. Cuando no formen parte de ella lo harán sin voto, pero tendrán voz cuando se trate de la defensa de una enmienda de un Senador individual, la formulación de una pregunta de la que sea autor o la intervención en una comparecencia que se haya acordado celebrar a su solicitud o de cualquier otra iniciativa a propuesta suya.
> <small>Se modifica por el art. único.51 de la Reforma del Reglamento de 12 de noviembre de 2025. [Ref. BOE-A-2025-23055](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-23055)</small>
Texto oficial de Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994 (BOE-A-1994-10830). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 63. — Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994 · BOE Fácil