Disposición transitoria segunda. Convocatoria de concurso en 1994.
Excepcionalmente se llevará a cabo convocatoria de concurso ordinario y unitario en 1994 de acuerdo con las siguientes normas:
a) Las convocatorias de concurso ordinario podrán ser acordadas y remitidas a las Comunidades Autónomas respectivas con anterioridad al día 20 de septiembre.
Las Comunidades Autónomas procederán a su publicación en sus diarios oficiales antes del 30 del mismo mes y a la remisión a la Dirección General de la Función Pública para su inserción en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de la primera decena de octubre.
b) La Dirección General de la Función Pública convocará al propio tiempo concurso unitario, con inclusión en el mismo de los puestos no ofertados por las Corporaciones locales en el concurso ordinario publicado por Resolución de 26 de febrero de 1994 ("Boletín Oficial del Estado") de 8 de marzo), y no comprendidos entre los puestos a que se refiere el apartado anterior.
c) La tramitación y resolución de ambos concursos se efectuará de acuerdo con las normas contenidas en el presente Real Decreto, siendo conjuntos, además de la publicación de la convocatoria, el proceso de coordinación, la formalización definitiva de nombramientos y la publicación de éstos en el «Boletín Oficial del Estado».
> <small>Redactado el párrafo b) conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 228, de 23 de septiembre de 1994. [Ref. BOE-A-1994-20940](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-20940)</small>
###### Disposición derogatoria. Normas derogadas.
Queda derogado el Real Decreto 731/1993, de 14 de mayo, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
Texto oficial de Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional (BOE-A-1994-18621). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.