Los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Educación y Ciencia, de forma conjunta, procederán a crear las Comisiones a que hace referencia la disposición transitoria primera.
Texto oficial de Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, por el que se desarrolla lo previsto en la Ley 10/1986, que regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista dental (BOE-A-1994-20039). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, por el que se desarrolla lo previsto en la Ley 10/1986, que regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista dental · BOE Fácil