CAPITULO II. De la oficina pública de registro, depósito y publicidad, dependiente de la autoridad laboral
Artículo 24. Oficinas públicas de las Comunidades Autónomas.
Texto oficial de Elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa (BOE-A-1994-20236). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
