Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para dictar cuantas normas sean precisas para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto, así como para incluir en el anexo, en su caso, y previa propuesta del Consejo de Universidades, otros títulos que deban homologarse con los oficiales del Catálogo.
Texto oficial de Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (BOE-A-1994-25190). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. — Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre · BOE Fácil