TÍTULO V. De las operaciones financieras · CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 44. Operaciones de crédito autorizadas a organismos autónomos y entes públicos.
Texto oficial de Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 (BOE-A-1994-28967). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
