TÍTULO V. De las operaciones financieras · CAPÍTULO I. Deuda Pública
Artículo 46. Asunción por el Estado de Deuda del ente público Radiotelevisión Española.
El Estado asumirá, con efectos de 1 de enero de 1995, la deuda del ente público Radiotelevisión Española por un importe de 90.693 millones de pesetas, en los términos que se indican en el anexo V de la Ley. Serán de cuenta del ente público RTVE los intereses corridos hasta la fecha de asunción.
Texto oficial de Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 (BOE-A-1994-28967). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 46. Asunción por el Estado de Deuda del ente público Radiotelevisión Española. — Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995 · BOE Fácil