CAPÍTULO II. De la fundación de la sociedad de garantía recíproca · Sección 1.ª De la autorización e inscripción de la sociedad de garantía recíproca
Artículo 15. Suscripción y desembolso del capital social.
Texto oficial de Ley de Sociedades de Garantía Recíproca (BOE-A-1994-5925). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
