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CAPÍTULO II. De la fundación de la sociedad de garantía recíproca · Sección 1.ª De la autorización e inscripción de la sociedad de garantía recíproca

Artículo 15. Suscripción y desembolso del capital social.

Texto oficial de Ley de Sociedades de Garantía Recíproca (BOE-A-1994-5925). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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