«TÍTULO V. Ejercicio de la actividad crediticia en los Estados miembros de la Comunidad Europea · CAPÍTULO II. Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en España por entidades de crédito de otro Estado miembro de la Comunidad Europea
Artículo 2. Por el que se adiciona un nuevo Título VI a la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e Intervención de las Entidades de crédito.
Se añade a la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito el siguiente Título VI:
Texto oficial de Ley de Adaptación a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria (BOE-A-1994-8489). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Por el que se adiciona un nuevo Título VI a la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e Intervención de las Entidades de crédito. — Ley de Adaptación a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria · BOE Fácil