La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 6 de julio de 1995.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ**
Texto oficial de Ley 20/1995, de 6 de julio, de medidas relativas a la conservación y comercialización de los productos pesqueros (BOE-A-1995-16378). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Ley 20/1995, de 6 de julio, de medidas relativas a la conservación y comercialización de los productos pesqueros · BOE Fácil