ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA SANTA SEDE SOBRE ASUNTOS DE INTERÉS COMÚN EN TIERRA SANTA
Artículo 1.
España reconoce la plena y única competencia de la Sede Apostólica y de la Custodia de Tierra Santa, a tenor de sus Estatutos, para el libre e independiente ejercicio de su jurisdicción en relación con la conservación y administración de los Santos Lugares e instituciones del Próximo Oriente sobre las que se proyecta la actividad de la Custodia de Tierra Santa.
Texto oficial de Acuerdo entre el Reino de España y la Santa Sede sobre asuntos de interés común en Tierra Santa y anejo, hecho en Madrid el 21 de diciembre de 1994 (BOE-A-1995-18265). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Acuerdo entre el Reino de España y la Santa Sede sobre asuntos de interés común en Tierra Santa y anejo, hecho en Madrid el 21 de diciembre de 1994 · BOE Fácil