TITULO I. Impuestos especiales de fabricación · CAPITULO VIII. Impuesto sobre las labores del tabaco · Sección 1.ª Supuestos de no sujeción, exenciones y devoluciones
Artículo 125. Exenciones y devoluciones en relación con Ceuta y Melilla.
Texto oficial de Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales (BOE-A-1995-18266). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
