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TITULO I. Impuestos especiales de fabricación · CAPITULO VIII. Impuesto sobre las labores del tabaco · Sección 2.ª Fabricación de labores del tabaco

Artículo 127. Porcentajes de pérdidas admisibles.

Texto oficial de Reglamento de los Impuestos Especiales (BOE-A-1995-18266). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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