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TÍTULO II. Actividad transfronteriza de las entidades de crédito · CAPÍTULO II. Apertura de sucursales y libre prestación de servicios en el extranjero por entidades de crédito españolas

Artículo 13. Apertura de sucursales en el extranjero por entidades de crédito españolas.

Texto oficial de Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito (BOE-A-1995-18450). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.