real decreto · BOE-A-1995-18778
Real Decreto 1398/1995, de 4 de agosto, por el que se regula el sorteo para la formación de las listas de candidatos a jurados
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 5/8/1995
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto regula el sorteo para la formación de las listas de candidatos a jurados.
A quién afecta: Ciudadanos incluidos en el censo electoral y Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral.
- Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral fijan la fecha del sorteo y lo comunican a la Audiencia Provincial correspondiente.
- Los candidatos a jurados se extraen del censo electoral vigente, expuesto anticipadamente en los Ayuntamientos durante siete días.
- El sorteo se realiza mediante medios informáticos, con el método de selección sistemática con arranque aleatorio.
- Cádiz y Málaga realizan un sorteo independiente para obtener candidatos a jurados en los juicios de Ceuta y Melilla, respectivamente.
¿De qué lista se extraen los candidatos a jurados?
Del censo electoral vigente en la fecha del sorteo.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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