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TÍTULO III. De la actividad en España de entidades aseguradoras extranjeras · CAPÍTULO I. De la actividad en España de entidades aseguradoras domiciliadas en otros países miembros del Espacio Económico Europeo · Sección 1.ª Disposiciones comunes

Artículo 78. Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas.

Texto oficial de Ley de Ordenación de los Seguros Privados de 1995 (BOE-A-1995-24262). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 78. Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas. — Ley de Ordenación de los Seguros Privados de 1995 · BOE Fácil