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CAPÍTULO III. Sacrificio y matanza fuera de los mataderos

Artículo 12. Animales heridos o enfermos.

Texto oficial de Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza (BOE-A-1995-3942). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 12. Animales heridos o enfermos. — Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza · BOE Fácil