TITULO II. Personal de seguridad · CAPITULO II. Funciones, deberes y responsabilidades · Sección 5.ª Jefes y directores de seguridad
Artículo 98. Subsanación de deficiencias o anomalías.
Los jefes y los directores de seguridad deberán proponer o adoptar las medidas oportunas para la subsanación de las deficiencias o anomalías que observen o les comuniquen los vigilantes o los guardas particulares del campo en relación con los servicios o los sistemas de seguridad, asegurándose de la anotación, en este último caso, de la fecha y hora de la subsanación en el correspondiente libro-catálogo y comprobando su funcionamiento.
> <small>Se modifica por el art. 1.16 del Real Decreto 4/2008, de 11 de enero. [Ref. BOE-A-2008-512](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-512).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE-A-1995-608). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 98. Subsanación de deficiencias o anomalías. — Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada · BOE Fácil