Subsistirán las peculiaridades económico-fiscales existentes actualmente en la ciudad de Melilla, sin perjuicio de las necesarias adaptaciones que hayan de realizarse derivadas de la vinculación de España a Entidades supranacionales.
Mediante ley del Estado se actualizará y garantizará las peculiaridades del régimen económico y fiscal de Melilla.
Texto oficial de Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE-A-1995-6359). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. — Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla · BOE Fácil