CAPÍTULO II. Constitución de la Sociedad · SECCIÓN 2.ª ESCRITURA Y ESTATUTOS
Artículo 15. Presentación de la escritura de constitución a inscripción en el Registro Mercantil.
1. La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil del domicilio social en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de su otorgamiento.
2. Los fundadores y los administradores responderán solidariamente de los daños y perjuicios que causaren por el incumplimiento de esta obligación.
Texto oficial de Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (BOE-A-1995-7240). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. Presentación de la escritura de constitución a inscripción en el Registro Mercantil. — Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada · BOE Fácil