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TITULO II. Selección del personal laboral

Artículo 35. Contratación de personal laboral no permanente.

Texto oficial de Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado (BOE-A-1995-8729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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