TITULO V. Promoción interna · CAPITULO I. Normas generales
Artículo 74. Sistemas selectivos.
1. La promoción interna se efectuará mediante el sistema de oposición o concurso-oposición, con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. En el sistema de concurso-oposición las convocatorias podrán fijar una puntuación mínima para acceder a la fase de oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Texto oficial de Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado (BOE-A-1995-8729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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