TITULO V. Promoción interna · CAPITULO III. Promoción a Cuerpos o Escalas del mismo grupo de titulación
Disposición transitoria cuarta. Limitación a la incorporación de nuevo personal temporal durante 1995.
Durante 1995 no se procederá a la contratación de nuevo personal temporal, ni al nombramiento de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con autorización conjunta de los Ministerios para las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda.
Texto oficial de Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado (BOE-A-1995-8729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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