ANEXO. Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos · CAPITULO V. De los órganos de gobierno, sus normas de constitución y funcionamiento y sus competencias
Artículo 27. Composición de la Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno, que es el órgano ejecutivo y representativo del Colegio, estará constituida por un Decano, un Vicedecano, un Secretario, un Tesorero y al menos un Vocal de cada Delegación. Los miembros de la Junta de Gobierno serán elegidos de acuerdo con el procedimiento establecido en el capítulo VII de estos Estatutos.
Texto oficial de Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos (BOE-A-1996-11543). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. Composición de la Junta de Gobierno. — Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos · BOE Fácil