TÍTULO II. Medidas urgentes para la liberalización y fomento de la economía · CAPÍTULO III. Servicios municipales
Artículo 24. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Se modifica el apartado 1.c) del artículo 26, quedando redactado de la siguiente forma:
«c) En los municipios con población superior a 20.000 habitantes, además:
Protección civil, prestación de servicios sociales, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público.»
Texto oficial de Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE-A-1996-13002). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 24. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. — Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica · BOE Fácil