TÍTULO II. De la inscripción de los empresarios y sus actos · CAPÍTULO IX. De la inscripción de sociedades especiales · Sección 5.ª De la inscripción de las sociedades civiles
Artículo 269 bis. Inscripción de las sociedades civiles.
**(Anulado)**
> <small>Se anula, en la redacción dada por la disposición adicional única.3 del Real Decreto 1867/1998, de 4 septiembre, por Sentencia del TS de 24 de febrero de 2000. [Ref. BOE-A-2000-7605](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-7605).</small>
> <small>Se añade por la disposición adicional única.3 del Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre. [Ref. BOE-A-1998-22517](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-22517)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 269 bis. Inscripción de las sociedades civiles. — Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil · BOE Fácil