TÍTULO II. De la inscripción de los empresarios y sus actos · CAPÍTULO XI. De la inscripción de las sucursales y de los empresarios extranjeros · Sección 2.ª De la inscripción de los empresarios y sus actos
Artículo 308. quater. Cierre en línea de una sucursal.
El cierre en línea de la sucursal se regirá por el mismo procedimiento establecido para la extinción de la sociedad.
Se deberá aportar el acuerdo de cierre de la sucursal adoptado por el órgano competente de la sociedad.
> Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el artículo único.3 del Real Decreto 442/2023, de 13 de junio, [Ref. BOE-A-2023-14043](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-14043), entra en vigor el 9 de mayo de 2024, según establece su disposición final 3.
> <small>Se añade por el artículo único.3 del Real Decreto 442/2023, de 13 de junio. [Ref. BOE-A-2023-14043](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-14043)</small>
> <small>Esta modificación entra en vigor el 9 de mayo de 2024, según establece la disposición final 3 del citado Real Decreto.</small>
Texto oficial de Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.