TÍTULO III. De otras funciones del Registro Mercantil · CAPÍTULO I. De la legalización de los libros de los empresarios
Artículo 331. Tramitación de la solicitud.
1. Presentada la instancia y los libros a legalizar, se practicará en el Diario el correspondiente asiento de presentación.
2. En el asiento se harán constar la fecha de presentación de la instancia, la identificación del empresario solicitante y el número y clase de los libros a legalizar.
Texto oficial de Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 331. Tramitación de la solicitud. — Reglamento del Registro Mercantil · BOE Fácil