TÍTULO IV. Del Registro Mercantil Central · CAPÍTULO III. De la Sección de denominaciones de sociedades y entidades inscritas · Sección 2.ª De la composición y de la denominación de las sociedades y demás entidades inscribibles
Artículo 406. Prohibición de denominaciones que induzcan a error.
Texto oficial de Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
