TÍTULO I. De la organización y funcionamiento del Registro Mercantil · CAPÍTULO IV. De la calificación y los recursos · Sección 1.ª De la calificación
Artículo 61. Plazo para calificar.
Texto oficial de Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
