TÍTULO IV. Del Registro Mercantil Central · CAPÍTULO IV. Del «Boletín Oficial del Registro Mercantil»
Disposición transitoria novena.
Las cuentas anuales correspondientes a aquellos ejercicios sociales cuya fecha de cierre sea anterior al 1 de julio de 1990 se presentarán para su depósito en el Registro Mercantil con la formulación y requisitos exigidos por la legislación anterior.
Texto oficial de Reglamento del Registro Mercantil (BOE-A-1996-17533). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria novena. — Reglamento del Registro Mercantil · BOE Fácil