Dentro de la citada reserva marina a que se refiere el artículo anterior, se establece una zona de reserva integral comprendida entre el Roque de Naos y la playa de la Herradura, definida por los siguientes puntos geográficos:
| 1. | Playa de la Herradura: | |
| --- | --- | --- |
| | 27º 38,32' N | 17º 59,36' W |
| 2. | 27º 37,80' N | 18º 00,00' W |
| 3. | 27º 38,45' N | 18º 00,58' W |
| 4. | Roque de Naos: | |
| | 27º 38,85' N | 18º 00,2' W |
Texto oficial de Orden de 24 de enero de 1996 por la que se establece una reserva marina en el entorno de la Punta de la Restinga-Mar de las Calmas (Isla de El Hierro) (BOE-A-1996-2391). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Definición de la reserva integral. — Orden de 24 de enero de 1996 por la que se establece una reserva marina en el entorno de la Punta de la Restinga-Mar de las Calmas (Isla de El Hierro) · BOE Fácil